Desde el Área de Cultura del Ayuntamiento de Mequinenza se convoca el Festival Internacional de Cine de Mequinenza con el fin de promover el desarrollo de las artes cinematográficas bajo la temática del agua. El Ayuntamiento de Mequinenza entiende que la celebración de un certamen de cine supone un importante apoyo a la promoción de Mequinenza como eje cultural y un impulso para poner en valor cultural y natural sus ríos, que son un sello de identidad del municipio.
Por ello, y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en relación con el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local.
FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE MEQUINENZA – MEQUINENZA INTERNATIONAL FILM FESTIVAL
ORGANIZACIÓN
El Mequinenza International Film Festival – Festival Internacional de Cine de Mequinenza está organizado por el Ayuntamiento de Mequinenza con la colaboración de Film Factory.
PARTICIPANTES
Podrán participar cortometrajes de todo el mundo, dado el carácter internacional del festival.
INSCRIPCIÓN:
El plazo de inscripción estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPZ y hasta el 31 de julio de 2022. Las solicitudes pueden presentarse a través de la plataforma online Filmfreeway.
SELECCIÓN:
El número de cortometrajes seleccionados para el certamen será entre veinte y treinta. Un comité de selección constituido a tal efecto y formado por un representante del Ayuntamiento de Mequinenza y un representante de Film Factory determinará los grupos participantes atendiendo al nivel artístico y técnico de los cortometrajes. La decición del comité será inapelable. Se comunicarán las obras seleccionadas durante la primera semana de agosto. La gestión y pago de derechos de exhibición pública correrá a cargo del produtor correspondiente. La organización del certamen, en ningún caso, se hace responsable de este incumplimiento.
LUGAR Y FECHAS
El certamen se desarrollará durante los días 2, 3 y 4 de septiembre en horario de tarde a concretar en la Sala «Goya» de Mequinenza, quedando reservado el último día para la celebración del acto de clausura y la entrega de premios. La programación de los cortometrajes se determinará y comunicará a cada representante de los cortometrajes.
JURADO
La valoración de los cortometrajes corresponderá a un jurado integrado por personas vinculadas al mundo cinematográfico y cultural. El público asistente a través de votación en cada una de las sesiones determinará el Premio del Público. Para ello se entregarán unas papeletas numeradas a los asistentes de cada sección de cortometrajes que deberán depositar en una urna cerrada ubicada en el vestíbulo de la Sala Goya supervisada por el comité organizador.
PREMIOS
Los premios se entregarán en la clausura del certamen. En caso de no haber ningún representante de la producción para recoger el premio se considerará que renuncian al mismo. Alternativamente, se podrá enviar un vídeo de agradecimiento.
RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1.- La alcaldesa-presidenta es el órgano competente para resolver el procedimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.
2.- El plazo de resolución y notificación del procedimiento será de seis meses, a partir de la finalización del acto de clausura del Certamen, transcurrido el cual deberán entenderse denegadas. La resolución se notificará al beneficiario del premio, no precisándose aceptación expresa de la subvención.
3.- En la resolución constará, en todo caso, el objeto del premio, el beneficiario, la puntuación obtenida en la valoración, el importe del premio así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión del premio por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes.
4.- El decreto de concesión se publicará en la página web del Ayuntamiento de Mequinenza.
5-. Contra la orden de concesión que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición la Alcaldesa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.